El Roto, El País (28-10-99)
Entre tanto ruido discursivo, es fácil olvidar el principio de referencia básico: el valor de la dignidad humana y su necesaria salvaguarda
Para desvelar las causas de la pobreza, teórica prioridad de las ONG de desarrollo, es necesario apuntar más a la economía y la política, y comunicar mejor en un asunto donde no es fácil influir. El desarrollo transfronterizo importa poco. No se percibe conflicto en la extrema desigualdad, ni ventajismos comerciales crónicos, sí una incapacidad rotundamente ajena, que incomoda sólo durante unos segundos, porque en general preferimos no conocer su situación.
El hambre es erradicable y no lo parece. Debería ocupar un espacio central en la política. No se trata de un fenómeno desconectado de la economía, ni de una simple estadística. Sin embargo, los compromisos se incumplen sin temor a perder elecciones.
¿A cuántos seres humanos no amparan los derechos humanos?
Sesenta años después de su proclamación, no deberían ser un desiderátum. Están para cumplirlos. Su respeto garantizaría un enorme progreso, y no sólo ético.
Los DH conllevan un deber de exigencia legislativa y dotaciones presupuestarias. Requieren de un compromiso de protección pública a favor del trato digno, de la libertad, la igualdad y la fraternidad. El pisoteado artículo 25 de la Declaración, por ejemplo, afirma en su punto 1 que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”. A menos derecho más pobreza, por lo tanto. El artículo 26.2 proclama que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz”.
Los DH conllevan un deber de exigencia legislativa y dotaciones presupuestarias. Requieren de un compromiso de protección pública a favor del trato digno, de la libertad, la igualdad y la fraternidad. El pisoteado artículo 25 de la Declaración, por ejemplo, afirma en su punto 1 que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”. A menos derecho más pobreza, por lo tanto. El artículo 26.2 proclama que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz”.
Cuántas personas hoy se negarían a suscribirlo.
Más información:
Según la Declaración de Derechos Humanos aprobada en 1948:
- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Ninguna persona será sometida a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. - Toda persona tiene derecho a un nivel de vida que asegure su salud, su bienestar y el de su familia.
- Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
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